Conciliaciones
- Los conflictos pueden llevarse previamente a conciliación, en aras de evitarse tener que iniciar procesos judiciales, ahorrándose tiempo, honorarios cuantiosos de abogados y desgaste judicial.
- Conciliaciones sobre incumplimiento en pagos de cánones de arriendo y entrega de inmuebles arrendados.
- Conciliaciones sobre incumplimiento en pago de préstamos de dinero.
- Conciliaciones sobre custodia y cuotas alimentarias de menores.
- Conciliaciones sobre divorcios y liquidaciones de sociedades patrimoniales y conyugales.
- Conciliaciones sobre incumplimiento de contratos civiles o comerciales.
- Conciliaciones sobre responsabilidad extracontractual.
- Conciliaciones sobre algunos temas laborales.
- Entre otros.