Sin embargo, ha sido la única Ley en la cual, se mencionó la finalidad y a los principios rectores del régimen de insolvencia de persona natural no comerciante.
Por medio de la cual, la Corte Constitucional reconoce la necesidad de crear un régimen de insolvencia dirigido a los no comerciantes, a través de la cual, el Legislador crea este tipo de procesos.